¿Por qué mi paquete esta retenido en Aduanas?

¿Por qué mi paquete esta retenido en Aduanas?

¿Sabías que la Dirección General de Aduanas puede retener un paquete con valor menor a US$200?

En enero 2018, la Dirección General de Aduanas emitió la norma 01-2018 que regula el fraccionamiento de mercancías a través de empresas Courier.

Esta norma tiene como propósito regularizar las importaciones que se realizan con fines comerciales.

En ella se establece el RUA como requisito para quienes utilizan los servicios Courier en sus compras por internet.

Dicho esto, te detallamos los motivos de retención de acuerdo con esta norma:

  1. RUA: formulario obligatorio para todas las personas que compran vía internet y reciben sus mercancías a través de empresas Courier; a través del RUA se clasifican los compradores comerciales y los personales.

¿Qué debo hacer si mi paquete es retenido por RUA?

Recibirás un correo automático indicando que tienes un paquete retenido en RUA y necesitamos tu registro, una vez lo recibas deberás dirigirte al link https://rua.aduanas.gob.do/ completar el formulario, activar tu registro y remitirnos la confirmación al correo aduanas@domex.com.do. En un plazo no mayor a 24 horas recibirás respuesta de uno de nuestros agentes.

Cabe resaltar que el proceso de liberación de paquetes que son retenidos por RUA tienen un tiempo de procesamiento en Aduanas de 5-7 días laborables.

  1. Cantidad comercial: se entiende por cantidad comercial al propósito de importación con fines lucrativos, destinado a un mismo consignatario o relacionados, la importación de mercancías idéntica o similares en cantidades superiores a las necesarias para satisfacer el consumo personal, así como también, la importación de mercancías que guarden relación notoria con la actividad comercial de la persona física o jurídica
  2. Fraccionamiento: existe fraccionamiento de envíos cuando se introducen mercancías idénticas, similares, del mismo consignatario o una persona relacionada (socios, dependientes de un mismo empleador) utilizando una o varias guías madres de un mismo Courier o de Couriers diferentes, o cuando la importación forme parte de una serie de importaciones realizadas o planificadas con el propósito de encubrir su fin comercial y beneficiarse indebidamente de la categoría “B”, que establece el Reglamento para el Despacho Expreso de Envíos

Fuera de la norma 01-2018 existen otros motivos de retención.

  1. Duda razonable: se entiende por duda razonable cuando la autoridad aduanera tiene motivos para dudar de la veracidad o exactitud de los datos o documentos presentados por el importador. Para comprobar el valor de tu envío, la Dirección General de Aduanas solicitará la certificación bancaria, documento que deberás gestionar con la entidad bancaria emisora de la tarjeta con la cual realizaste el consumo de la orden que tienes retenida.

Nota: en caso de que tu paquete supere los US$200.01 dólares se procederá a realizar la declaración del expediente y corrección de valor, esta corrección tiene un costo de RD$2,000.00 si es realizada dentro de un plazo de 5 días hábiles, desde la presentación del manifiesto de carga. Y RD$10,000.00 cuando es realizada luego de los 5 días.

Costo de la gestión de Domex por cambio de categoría: RD$700.00

***Este cargo se te reflejará en tu factura final.

  1. Factura comercial: esto sucede cuando la factura de la mercancía no viene dentro del paquete y se requiere el documento para poder despacharlo.
  2. Permisos: si tu paquete requiere permisos especiales (Ministerio de Salud PúblicaMinisterio de agriculturaINDOTEL, etc.).
  3. J-2: tu paquete puede ser retenido por J-2 si dentro de su contenido llegan mercancías prohibidas, como armas de fuego y replicas, armas blancas, ropa militar, entre otros, así como también, los radios de comunicación, cuya importación está regulada por el INDOTEL y el J-2.

Si tienes dudas, favor contactarnos al correo aduanas@domex.com.do.

 

¡Gracias por preferir Domex!